¿Cómo salir de deudas? Evitar mala cobranza y embargo de bienes
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 Problema con muebleria standar

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roma-an
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MensajeTema: Problema con muebleria standar   Problema con muebleria standar Icon_minitimeJue Ago 13, 2009 9:15 pm

bueno mi caso es el siguiente:

hace dos años sacamos un calentador de agua( boiler para los compas) de esta muebleria en ese tiempo se dieron varios pagos esporadicos pero de buena cantidad evaluando el valor del aparato y lo que dimos solo nos falto pagar 1500 pesos y eso por descuido.

el telefono lo teniamos suspendido por problemas familiares que no permitieron pagarlo hasta despues de 3 meses, luego de pagarlo y regresando de rehabilitacion conteste una llamada de la muebleria notificando que la cuenta fue pasada a juridico; despues de esto me presente en la muebleria a llegar a un acuerdo para liquidarles (estoy de acuerdo que se les debe y estoy de acuerdo en pagar hasta 3000 o maximo 3500 por intereses ya que antes ya habia pagado aprox 3000) a lo cual se negaron y me mandaron a juridico, me presente en esas oficinas y lo que me pedian para liquidar era 5900 pesos a lo cual no accedi y contrate un abogado, pasado eso nos llego una demanda (ya la corrobore) me apresure para ir con el abogado y preparo la contestacion.

de eso ya ha pasado casi 2 meses y me ha llegado otro comunicado esta vez de un actuario, esta la dejaron en el buzon ya que no habia nadie presente.

este caso no me pasa a mi en particular; es de mi hermana pero le estoy ayudando con esto.

mis problemas y dudas son los siguientes, yo apenas a inicios de este año me he recuperado de un problema que tenia en la columna que no me permitia caminar desde el año 2005 hasta apenas a mediados de enero del año presente empece a buscar trabajo a lo cual por este problema no me dan muchas oportunidades, a lo cual me empece a mover de manera independiente haciendome de equipo para abrir un negocio de reparacion de equipo de computo y renta del servicio de internet pero al mes de haber hecho esto me llegaron estos del bufet diciendo que van a embargar y pues tube que cerrar la puerta del negocio ya que me trataba de intimidar haciendo como que apuntaba lo que tenia presente y ahora con esto de lo del actuario no he querido abrir el negocio al publico por que si llegan a venir, no me gustaria que tomen equipo de algun cliente y por esto estoy penzando en cerrar el negocio ya que con los gastos que llevo mas lo poco que habia ahorrado se me termino con el abogado y con esto nuevo que ha pasado no se que hacer, trabajo he estado buscando pero por el problema que tube de la espalda no me dan oportunidad.

espero me puedan asesorar y gracias de antemano.

atte. Miguel Angel
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MensajeTema: Re: Problema con muebleria standar   Problema con muebleria standar Icon_minitimeVie Ago 14, 2009 8:30 am

roma-an
Un acreedor sólo puede embargarte tus pertenencias tras haber entablado un juicio y ganarlo; no te dejes sorprender, las agencias de cobranza no tienen facultades para incautar tus bienes. Puedes leer el link que esta en mi firma habal de como es un proceso de embargo y por la cantida que mencionas no les conviene a ellos demandarte, lee la informacion

Por: Tania M. Moreno
CIUDAD DE MÉXICO (CNNExpansión.com) — Si le debes a algún banco o comercio y te llaman para notificarte un embargo por no pago, es posible que sólo traten de intimidarte para obligarte a liquidar la deuda.
Aunque el embargo es un derecho del acreedor para ejercer cobro sobre los bienes del deudor, para que éste sea legal debe llevarse a cabo un proceso determinado.

"Los requerimiento de pago de cualquier crédito deben hacerse bajo reclamo judicial mediante un juicio ejecutivo en materia mercantil, que se resuelva a favor del acreedor; si un juez no ordenó el embargo no procede", explicó en entrevista la experta en Derecho Financiero de la Universidad Panamericana (UP), Diana Canela.

Por ello, las agencias de cobranza extrajudicial no tienen facultades para ordenar este procedimiento, pues ello corresponde únicamente a un juzgado civil.

"Es muy frecuente amenazar al deudor con un embargo, principalmente porque desconoce el proceso. Hay reglas definidas para ello", afirmó en entrevista el experto en Sistemas de Ingeniería Económica del Tecnológico de Monterrey, Humberto Valencia.

En primer lugar ningún representante de agencias de cobranza puede presentarse en tu domicilio para ‘notificarte' un embargo, ya que debe acudir un actuario que "está obligado a mostrar una identificación personal y oficial que lo acredite como funcionario del juzgado donde radica la acción legal", detalló por su parte el director general de Servicios Legales de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), Luis Alberto Amado Castro.

Es legal si...

Para saber si el proceso está hecho conforme a ley, el actuario acreditado debe presentar el expediente original donde conste en qué juzgado radica el asunto, quién es el actor (acreedor), por qué requiere al deudor (deuda). La documentación no es válida sin sellos originales o se alterna por fotocopias, advirtieron los entrevistados.

El juicio ejecutivo puede desahogarse en seis u ocho meses cuando se presentan en tiempo y forma las pruebas y ambas partes interesadas. Si existe alguna irregularidad o falta documentación, el proceso puede demorar de tres a cinco años, agregaron.

Al iniciar el juicio, el deudor debe ser notificado y puede hacerse un embargo precautorio, si el juez lo determina. No obstante los bienes quedan a guarda del mismo deudor y sólo son removidos por el acreedor cuando se resuelva a favor de éste, advirtió Canela.

Si la deuda se liquida antes de terminado el juicio, el embargo se levanta, agregó.

Luego de la primera notificación, el deudor se da por enterado e inicia el desahogo de pruebas, conforme a lo previsto en el Código Civil del Distrito Federal. Esta situación podrá variar dependiendo de cada entidad.

"A veces sucede que algunos abogados ‘amañan' las pruebas y no notifican el proceso, por lo que hacen juicios de rebeldía sin la presencia del deudor, para obtener la orden de embargo", dice Diana Canela.

En este supuesto, el deudor puede ampararse para que el embargo no proceda, pero debe comprobar que efectivamente nunca fue notificado. "Puede hacerse, pero es sumamente difícil demostrar que no se estaba presente", dijo Canela.

Cuando el juez resuelve el juicio a favor del acreedor, se dicta el auto de ejecución, donde debe instruirse que en caso de oposición del deudor, el actuario puede ingresar al domicilio usando la fuerza pública.

En caso de ausencia del implicado, se deja una notificación con una persona que esté en el domicilio señalado o un vecino inmediato. En este supuesto se dan veinticuatro horas para proceder nuevamente al embargo y en caso de nueva ausencia, el actuario puede consumar el acto, pues se entiende que el deudor se está escondiendo, explicaron los especialistas.

"Hay que recordar que las obligaciones se obtienen mediante contratos, por lo que son irrevocables. Hay que cumplir a lo que se compromete", asegura Amado Castro.

El embargo

En el proceso el deudor tiene derecho a designar los bienes que han de embargarse. Si se rehúsa o está ausente, este derecho pasa al actor o su representante, según lo establecido en el artículo 536 del Código de Procedimientos Civiles para el DF.

"Hay un orden, primero se debe ir sobre los bienes realizables o los consignados como garantía de la obligación reclamada, luego sobre el dinero, alhajas o bienes muebles", señaló Humberto Valencia.

Además, si los bienes embargados no cubren el adeudo, el deudor sigue obligado a pagar conforme lo establecido con su acreedor, o bien, ser sujeto al embargo de otros bienes.

El encargado de evaluar y rematar los bienes es un perito del juzgado civil.

El código civil del DF establece sin embargo excepciones para los bienes embargados.

Por ejemplo, no pueden ser sujetos de secuestro los bienes que constituyen el patrimonio de familia que no esté a nombre del deudor.

Tampoco la cama, los vestidos y los muebles del uso ordinario del deudor, su cónyuge o sus hijos, siempre y cuando no sean lujos, establece la fracción II del artículo 544 de dicha ley.

Los instrumentos, aparatos y útiles necesarios para el arte u oficio del deudor tampoco pueden ser embargados.

Finalmente, los expertos señalan que la mejor arma es la información y una cultura responsable de pago para evitar estos extremos legales.
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MensajeTema: Re: Problema con muebleria standar   Problema con muebleria standar Icon_minitimeSáb Ago 22, 2009 5:05 pm

antes que nada una disculpa por responder algo tarde y seguido de un agradecimiento al foro y a la respuesta hermes que me dieron.

fui a hablar con el abogado y al parecer ya se esta llegando a un acuerdo, solo me basta ir a comprar un pagare o boleta de pago creo en tesoreria (no recuerdo el nombre que me dio el licenciado) pero de momento estoy juntando el monto acordado y espero esta semana que entra pueda lograrlo y salir de este apuro.

muchas gracias por la informacion esta me ayudo mucho.

Saludos.
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MensajeTema: Re: Problema con muebleria standar   Problema con muebleria standar Icon_minitimeMiér Abr 11, 2012 10:29 pm

la muebleria actua de mala fe aun no recupero mi television y me he enterado que toda la mercancia embargada se la revenden a una persona que les paga a los empleados para que se den esas situaciones a precios muy bajos mande a mi esposo a la tienda a comprar una television haciendose pasar como cliente buscando una television y un empleado de ahi un tal sr lucio le comento que se la podia conseguir a un mejor precio con una tal sr martha siempre y cuando hubiera un arreglo economico por comprarle a esa señora a lo cual accedio de palabra para ver como se manejaba la mercancia en esa muebleria , pues resulta que la mercancia que llega embargada al almacen ya la tienen separada por un tal sr cruz que la revende y la mercancia sobrante es la de ambargo pero asi como mi television la mercancia la llevan a casas de empeño y reciben el dinero y despues compran mercancia mas barata y defectuosa y esa la hacen pasar como al mercancia recuperada y para esto el tal sr cruz y la tal señora martha se apoderan de la mercancia embargada y de la cual ya no se puede recuperar aun cuando decidas pagar el aduendo que tengas con esa mubleria,
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MensajeTema: Re: Problema con muebleria standar   Problema con muebleria standar Icon_minitimeJue Abr 12, 2012 1:50 am

Para que pueda haber un embargo debiste haber sido demandado. Aquí te dejo nuestra guía sobre las demandas para que la leas y veas si fuiste embargado conforme a derecho o solamente fuiste víctima de un robo:

http://www.defensadeldeudor.info/que-hacer-si-soy-demandado/


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MensajeTema: embargo   Problema con muebleria standar Icon_minitimeLun Ago 20, 2018 12:38 pm

buenas tardes
el dia de hoy vinieron unos licenciados que venian de muebleria standar
por un adeudo que tiene mi hermano
que el habia sacado una sala una pantalla una lavadora y un centro de entretenimiento
llegaron con policias a embargar y a llevarse las cosas que segun el habia sacado en la muebleria
entraron a la casa
no se si debieron haber entrado
o fue error mio el no permitirles la entrada
se llevaron una pantalla el cual esas cosas que saco mi hermano estan en otro domicilio
la pantalla que se llevaron es
bueno era de mi hermana que con mucho esfuerzo ella compro
el caso es que se la llevaron
pero no dejaron ningun papel qur acredite que se llevaron la pantalla
que se puede hacer es esos casos
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MensajeTema: Re: Problema con muebleria standar   Problema con muebleria standar Icon_minitimeLun Ago 20, 2018 1:58 pm

¿Dejaron alguna notificación?


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